"De aquí a diciembre, todos van a tener que formalizar y tener la certificación, que es lo que regula la Ley de Casinos", manifestó el alcalde Mauricio Viñambres. |
La disposición, complementaria a las normas legales, establece que la Municipalidad no tiene facultades legales para autorizar ningún tipo de establecimiento en el que se practiquen juegos de azar, tales como máquinas tragamonedas u otras similares.
Los interesados en desarrollar esta actividad deberán presentar a la Municipalidad una certificación de organismos técnicos, tales como Laboratorios de Criminalística de Carabineros (LABOCAR), Policía de Investigaciones (LACRIM), o un informe de un Instituto Profesional o Universidad reconocida por el Estado con competencia en la materia (certificación de testing de software), en que se concluya que el tipo de máquina a utilizar es de destreza o habilidad.
A sí lo informó el alcalde Mauricio Viñambres luego de la aprobación de la Ordenanza en sesión de Concejo. "De aquí a diciembre, todos van a tener que formalizar y tener la certificación, que es lo que regula la Ley de Casinos. Si es de azar, van a ser clausuradas; si es de destreza, van a poder funcionar como tal. Nosotros vamos a fiscalizar a partir de hoy, hasta el 31 de diciembre".
La medida responde a una necesidad observada en la comuna, tras la proliferación de este tipo de máquinas, la cual no contaba con ninguna regulación, por lo que por iniciativa del jefe comunal, se dispuso del instrumento que fue aprobado por el Concejo en su totalidad.
El documento completo está a disposición de la comunidad en la web municipal (www.quilpue.cl) y agrega que, cuando el número de máquinas sea superior a seis, dichos establecimientos deberán exhibir el certificado de un técnico autorizado por la SEC relativo a la instalación eléctrica del local, cumplir con normas mínimas de seguridad y contar con servicios higiénicos independientes para damas y varones, entre otras exigencias.
Además, los locatarios deberán adquirir los sellos municipales que individualizarán las máquinas y su ubicación, en el Departamento de Rentas. En tanto, las infracciones serán denunciadas al Juzgado de Policía Local, cuyas multas podrán alcanzar las 5 UTMs. En caso de reincidencia, los establecimientos podrán ser clausurados.
Los establecimientos destinados o que posean máquinas para la explotación comercial de juegos de habilidad o destreza, con premios o retribución en dinero, tendrán hasta el día 31 de diciembre de 2013 para dar cumplimiento a todas exigencias de la nueva ordenanza.
Si al término de dicho plazo no han cumplido, serán sancionados con la clausura del establecimiento y la revocación de la patente concedida en su oportunidad.
Saludos
Rodrigo González Fernández
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